La persona considerada como una de las “partes” de una resolución judicial final sobre la custodia definitiva de un niño puede presentar un pedimento de derecho de acceso a la familia (de visita) en el caso de que dicho derecho de visita se vea obstaculizado o denegado sin motivo aparente.
El pedimento debe establecer hechos específicos que constaten la violación de los periodos de visita dispuestos en la resolución judicial.
Aquellas resoluciones judiciales que no otorguen visitas o que únicamente permitan “visitas moderadas” no están indicadas para hacer un pedimento de derecho familiar.
Cómo presentar un pedimento de derecho de acceso a la familia
El oficial del juzgado le puede hacer entrega de los formularios así como explicarle cómo presentar el pedimento y los costes que estos conllevan.
Se cobran también otros honorarios por enviar la notificación al otro progenitor o tutor legal del niño.
Resolución del litigio
Los litigios de derecho de familia se programan para arbitraje antes de la fecha de juicio.
Los padres pueden pedir una vista judicial después del arbitraje.
El tribunal puede autorizar las resoluciones tomadas durante el arbitraje.
Las diferentes partes pueden optar por la mediación en lugar del arbitraje para resolver el caso.
Un tribunal que otorgue el pedimento puede exigir cualquiera de las siguientes soluciones jurídicas:
Declarar al infractor en rebeldía
Dictar la recuperación del tiempo de vsita perdido por un periodo no inferior a aquel denegado
Ordenar al infractor que obtenga tratamiento psicológico o que pague por el mismo
Exigir un depósito para asegurar que cumpla con los requisitos
Imponer una multa de hasta $500
Otorgar los honorarios del abogado y los costes judiciales
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Si necesita más información, por favor llame a Asuntos de Familia al
816-736-8400
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